Abogado extranjería especialista en solicitar autorización de residencia de hijos residentes legales nacidos en España en Palma de Mallorca
Autorización de residencia del hijo de residente legal nacido en España
TIPO DE AUTORIZACIÓN
Es una autorización de residencia que adquieren los hijos nacidos en España de extranjero que se encuentre residiendo legalmente en España.
Solicitar autorización de residencia del hijo de residente legal nacido en España
AVISO IMPORTANTE: Tramitamos en menos de 10 días su cita en extranjería al estar adheridos al Protocolo del Ilustre Colegio de Abogados de las Islas Baleares y la oficina de extranjería.
Los hijos nacidos en España de padre o madre reconocidos como refugiados o beneficiarios de protección subsidiaria pueden optar entre solicitar la extensión familiar del derecho de protección internacional o una autorización de residencia, en función del interés superior del menor.
NORMATIVA BÁSICA
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículos del 16 al 19 y 31).
- Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 185).
REQUISITOS
- No ser ciudadano comunitario, ni familiar de ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza al que le sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- Que el hijo haya nacido en España.
- Que el progenitor (cualquiera de ellos) sea residente legal.
Somos abogados de Palma de Mallorca expertos en solicitar autorizaciones de residencia del hijo del residente legal nacido en España. Contacta con nosotros.
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