Abogado extranjería especialista en solicitar cédula de inscripción en Mallorca
Cédula de inscripción
TIPO DE AUTORIZACIÓN
Es documentar a un extranjero mediante una cédula de inscripción.
Solicitar cédula de inscripción
AVISO IMPORTANTE: Tramitamos en menos de 10 días su cita en extranjería al estar adheridos al Protocolo del Ilustre Colegio de Abogados de las Islas Baleares y la oficina de extranjería.
NORMATIVA BÁSICA
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículo 34.2).
- Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 211).
REQUISITOS
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- No tener dictada una orden de expulsión.
- Acreditar no poder ser documentado por la misión diplomática u oficina consular correspondiente.
- Acreditar la concurrencia de razones excepcionales de índole humanitaria, interés público o, en su caso, el cumplimiento de compromisos de España.
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